La Organización Marítima Internacional
(OMI) mediante la Resolución A.857 (20) de fecha 27 noviembre 1997, estableció
las Directrices Relativas a los Servicios de Tráfico Marítimo e invita a los gobiernos
a tener en cuenta las directrices cuando se presten servicios de tráfico
marítimo, concordante a lo dispuesto con la regla 12 del capítulo V del
Convenio Internacional para la Seguridad de la Vida Humana en el Mar (SOLAS).
De acuerdo a la Organización Marítima Internacional el Servicio de Tráfico Marítimo, se define como: “Servicio establecido por una autoridad competente, concebido para acrecentar la seguridad y la eficacia del tráfico marítimo y proteger el medio ambiente. El servicio tendrá capacidad de interacción con el tráfico y podrá responder a las circunstancias del tráfico en la zona del VTS”.
Dentro
del marco normativo internacional, se considera la siguiente:
- La regla 12 del capítulo V del SOLAS que
recomienda el establecimiento de los
Servicios de Tráfico Marítimo.
- Resolución
A.857 (20) de fecha 27 noviembre 1997 (OMI), que establece las Directrices
Relativas a los Servicios de Tráfico Marítimo
- La Resolución 10 del STCW 95 que establece
las recomendaciones para la Formación de Prácticos, Personal de los
Servicios de Tráfico Marítimo y Personal Marítimo de las unidades móviles
que operan mar adentro
- La Circular MSC/Circ. 952 (OMI) 30 mayo 2000 y la Circular MSC/Circ. 1065 (OMI) 13 diciembre
2002, que invita a los estados a la aplicación de Normas IALA sobre Formación y Certificación del
Personal de los Servicios de
Tráfico Marítimo
- Manual de los Servicios de Tráfico Marítimo
(VTS – IALA)
- IALA V-103
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que recomienda las normas
para Capacitación y Certificación del Personal de los Servicios de Tráfico Marítimo
Los
Servicios de Tráfico Marítimo han evolucionado, pasando de una simple ayuda
para facilitar la recalada de una nave y el embarque del práctico para ingreso
a muelle, a un sistema más complejo, en el que intervienen factores
relacionados con el avance de las nuevas tecnologías en navegación y
comunicaciones, las consideraciones medioambientales y, sobre todo, el énfasis
que la normativa internacional está poniendo en todo lo relacionado con la
formación, los recursos humanos y los sistemas de calidad y seguridad. La
importancia creciente de estos aspectos se materializa claramente en
regulaciones internacionales como el Convenio de Formación (STCW-95) o el
Código Internacional de gestión de la Seguridad (IGS).
Los
servicios prestados por el VTS (servicio de información - asistencia a la
navegación - servicio de ordenación del tráfico) configuran una ayuda a la
navegación que, a diferencia de ayudas a la navegación "pasivas" como
balizas, boyas o medidas de organización del tráfico, permite influir en el
proceso de toma de decisiones náuticas a bordo del buque, minimizando el riesgo
de accidentes y contaminación.
Centro de Control de Tráfico Marítimo
(TRAMAR)
Mediante R/D Nº 0314-89 DC/MGP del 04 de Diciembre
1989 se establece el Servicio de Tráfico de Naves en la Bahía del Callao y
cercanías, a cargo de la Capitanía de Puerto del Callao, iniciando sus
operaciones en un ambiente ubicado en el sexto piso del pozo de agua de la
Empresa Nacional de Puertos ENAPU. El 06 de Enero del 2004 se efectúa el
traslado desde ENAPU de los equipos electrónicos y todo el material necesario
para la operación de TRAMAR, hacia un ambiente ubicado en la parte superior del
Comedor de Oficiales en el nuevo edificio de la Dirección General, donde opera
actualmente.
El Centro de Control
de Tráfico Marítimo del Callao, efectúa el control de tráfico de naves que
arriban al Puerto del Callao acrecentando así
la seguridad del tráfico marítimo y la protección del medio ambiente.
Los avances tecnológicos y la necesidad de
incrementar la seguridad de las naves que operan en el Puerto del Callao,
requieren de la actualización tecnológica de los equipos y sistemas que se
emplean actualmente en el Centro de Control de Tráfico Marítimo del Callao, requiriendo la
instalación de nuevos radares (banda X) con capacidad de traqueo de mayor
cantidad de contactos con capacidad de informar el rumbo y velocidad mediante
vectores en forma permanente, establecimiento de áreas de peligro, con
capacidad de interacción con un sistema de gestión operativa que permita
efectuar seguimiento de las naves, alertando al operador sobre las
posibilidades de colisión entre naves.
Para posibilitar un adecuado asesoramiento a las
naves, se requiere la instalación de equipos meteorológicos, de
radiogoniometría, y la implementación de un sistema de gestión operativa, que
integre los equipos de comunicaciones, equipos de vigilancia (radares), sistema
de identificación automática de naves (AIS), cartas electrónicas, sistema de
grabación de audio y video, equipos del sistema mundial de socorro y seguridad
marítimos (SMSSM), correos electrónicos, internet, bases de datos y otros que
faciliten la gestión operativa del puerto.
El
incremento en la seguridad de la navegación hace que el puerto sea más
atractivo para las naves comerciales.
En términos generales puede
afirmarse que el VTS es la solución a la gestión operacional del tráfico y
seguridad marítima permitiendo agilizar el tráfico y seguridad
marítima dando seguridad al tráfico de buques en el Puerto del Callao
e incrementando la seguridad de la navegación.
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